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Resolución CS Nº 282/2026: Cancelación de oficio

El Consejo Superior del Colegio de Fonoaudiólogos de la Provincia de Buenos Aires informa que mediante la Resolución N.º 282/2026, se dispone la cancelación de la matrícula profesional de quienes registran deuda correspondiente a tres (3) períodos consecutivos de matrícula anual, de conformidad con lo establecido en el artículo 44, inciso d), de la Ley Provincial N.º 10.757 (texto según Ley 15.052).

La medida se adopta en ejercicio de las facultades conferidas al Consejo Superior por la normativa vigente y luego de las gestiones realizadas por los Colegios Regionales para contactar a las y los profesionales alcanzados, brindando la posibilidad de regularizar su situación antes de proceder a la cancelación.

La matrícula profesional constituye un requisito indispensable para el ejercicio legal de la Fonoaudiología en la Provincia de Buenos Aires y el cumplimiento de las obligaciones colegiales resulta fundamental para el sostenimiento institucional y el funcionamiento del Colegio Profesional.

En este sentido, la Resolución establece que el ejercicio profesional durante el período de cancelación de la matrícula será considerado ejercicio ilegal de la profesión, pudiendo dar lugar a las acciones y sanciones previstas por la legislación vigente.

A continuación, se ponen a disposición de la matrícula los documentos correspondientes:

  • Resolución del Consejo Superior N.º 282/2026.
  • Anexo I: Listado de matrículas canceladas por falta de pago durante tres períodos consecutivos.
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